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Agrofértil perdió acción que buscaba amedrentar a trabajadores despedidos

La poderosa firma había despedido a una veintena de empleados por supuestamente apropiarse de combustible.

Un tribunal de sentencia resolvió que, ante una presentación extemporánea de la Fiscalía sobre una prórroga extraordinaria, unos 27 ex empleados que fueron despedidos del poderoso conglomerado de empresas “Agrofértil”, “Tecnomil”, sean sobreseídos por una denuncia sobre supuesta apropiación de combustible y asociación criminal. Según los datos, estos empleados fueron denunciados para que la firma agroganadera se libre del pago de las indemnizaciones, que ronda los G. 1.500 millones. A raíz de esta acción judicial en contra de los mismos, el juicio laboral entablado contra la empresa estaba paralizado.

Sin embargo, la firma Agrofértil no se da por vencida y además de apelar judicialmente la decisión del tribunal de sentencia integrado por Oscar Genez, Lourdes Morínigo y Nelio Prieto, también busca por todos los medios presionar a la justicia para recuperarse de este duro revés en la justicia.

Los citados jueces resolvieron, a través del A.I. Nº 471, de fecha 30 de octubre pasado, hacer lugar a la falta de acción por existir un obstáculo legal para proseguir, planteada por la defensa técnica de los procesados, por lo que se declaró “la extinción de la acción penal en la presente causa”, además de sobreseer definitivamente a los procesados.

La decisión de los jueces puede hasta ser considerada valiente, pues fallar en contra de una de las empresas más grandes del país, con un gran poder económico y contactos políticos y judiciales, no es algo que ocurra con frecuencia.

Los trabajadores y su defensa técnica alegaron que se trató de un proceso totalmente irregular y montado, con venia de la Fiscalía, en el que se violentaron varios derechos procesales de los acusados, como la defensa, no siendo notificados y siendo excluidos de las pericias, que fueron convalidadas por el juzgado de garantías. Por dicho motivo, luego de una lucha feroz, se logró apartar a la juez penal de garantías Teresita Cazal, por su parcialidad manifiesta a favor de los empresarios.

Oficio judicial del juez Oscar Genez que declara la extinción de la acción penal presentada por la firma Agrofértil.

EL MOTIVO DEL SOBRESEIMIENTO

Según los datos, en fecha 28 de enero de 2.021, la Fiscalía había presentado un pedido de prórroga para la presentación de la acusación de los 27 humildes trabajadores, pedido que había sido aceptado por el entonces tribunal de apelaciones de Ciudad del Este, estableciendo el 18 de mayo como fecha límite para la presentación de la acusación fiscal.

A raíz de esto, la defensa de los procesados solicitó  la extinción, alegando que la presentación debía realizarse el 26 de enero, o en todo caso el 27, si se tiene en cuenta el asueto del 3 de febrero, aniversario de la ciudad, como día inhábil. Este error de la Fiscalía terminó salvando a los ex funcionarios, quienes en todo momento adujeron que la finalidad de la denuncia en su contra fue simplemente evitar el pago de la millonaria indemnización.

Los afectados son Sergio Torales Agüero, Tomás Bento Villalba, César Núñez, Modesto Bernal, Miguel Ángel Cardozo Ayala, Eliodoro Benítez Peralta, Demetrio Colmán, Esteban Rafael López Rodas, Jorge David Ortellado, Víctor Alfredo Linck, Eder Eugenio Taboada, Lorenzo Mendoza, Francisco Heriberto Samaniego Insfrán, Roberto Israel Domínguez Rojas, Mauro Sanabria Ayala, Junior Javier Vera, Fernando Florentín Ferreira, Eliodoro Ocampos, José Fermín Galeano, Pablo Ezequiel Díaz, Francisco Romero Sosa, Félix Antonio Ortega Carísimo, Wilson Martínez, Antonio Cardozo Acuña y Jonathan Schnabel.

En la apelación presentada por el abogado Marco Rubén Fernández, en todo momento se busca descalificar la competencia del Tribunal que decidió la extinción de la causa, desconociendo las atribuciones del mismo en el sentido de dar respuesta a los incidentes presentados por las partes antes de la sustanciación del juicio.

Sin embargo, el tribunal sostiene que “la solicitud de prórroga extraordinaria fue realizada fuera de tiempo, ya que la misma fue solicitada a los 14 días, cuando ya precluyó la etapa preparatoria para presentar la acusación y al no haber acusación no es posible seguir con el procedimiento”.

El tribunal de sentencia integrado por Genez, Morínigo y Prieto, de esta manera corrigió una injusticia que se estaba cometiendo en contra de humildes trabajadores, quienes ya adelantaron que buscarán seguir con el proceso laboral y cobrar sus respectivas indemnizaciones, que les corresponde en derecho.

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