
La víctima de un supuesto hecho de coacción sexual denunció a la fiscal de la causa ante la Fiscalía Adjunta por ¨congelar” por casi dos años el caso. Además presentó recusación en contra de la agente del Ministerio Público, Julia Bernardina González Medina. El involucrado en la causa es el abogado Reinaldo Sánchez Canale, quien alardea cierto respaldo político para evadir a la justicia.
La fiscal Julia González, titular de la Unidad Nº 11 de la Fiscalía de CDE, no realizó ningún requerimiento pese a la insistencia de la víctima. La causa Nº 15.849, del 21 de noviembre de 2021, se encuentra a su cargo hace exactamente 1 año y 10 meses. Pese al tiempo trascurrido, la fiscal ahora denunciada no asumió ninguna determinación. En la carpeta de investigación fiscal existen claras sospechas, tal como establece el artículo 302 del Código Procesal Penal (CPP), para disponer de la imputación del abogado Sánchez Canale.

La representante de la ciudadanía además viola el Instructivo General Nº 9 que establece lo siguiente. “Se procederá en el plazo no mayor de dos meses en los casos que se requiera actividad investigativa”. Sin embargo ya trascurrieron casi 2 años y la presunta víctima, de acuerdo a sus propias expresiones, continúa expuesta a todo tipo de burlas y amenazas por parte del letrado. Sánchez Canale habría coaccionado sexualmente a la accionante dentro del predio de la Gobernación de Alto Paraná. El profesional del derecho se desempeñaba como secretario de Acción Social en la época. La afectada ya tuvo más de 10 sesiones psicológicas y se determinó que hubo secuelas.
En el artículo 84 de la Ley 1562/00 Orgánica del Ministerio Público, se establece lo siguiente: “en especial, será motivo de sanción disciplinaria los siguientes hechos u omisiones. Demorar indebidamente el despacho de los asuntos, ya sea por negligencia, por incumplimiento de las obligaciones legales o de las instrucciones. Demorar el ejercicio de los derechos de las partes o de la institución en cualquier clase de asuntos”. La misma Corte Suprema de Justicia a través de una acordada había especificado lo siguiente: “el acta de imputación es un acto procesal esencial para nuestro proceso penal acusatorio”.
Fue solicitado también la recusación de la fiscal González y se espera la determinación por parte del fiscal adjunto Jorge Sosa.