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Desde este lunes rige exigencia de la presentación del certificado REDAM

Desde este lunes, la Dirección General de Registros Públicos requerirá a los escribanos la presentación del “Certificado de Antecedentes de Deudores Alimentarios Morosos”.

Desde este lunes, las personas que desean realizar escrituras públicas en el Registro de la Propiedad, deberán presentar el certificado de no adeudar por prestación alimentaria, conocida como REDAM, según lo anunció la Corte Suprema de Justicia. Desde hoy la Dirección General de Registros Públicos requerirá a los escribanos la presentación del “Certificado de Antecedentes de Deudores Alimentarios Morosos” para la gestión registral de escrituras públicas de compra-venta de bienes registrables.

Al referido documento se lo conoce como “Certificado REDAM”, expedido para aquellos padres o madres que se encuentran adeudando la prestación alimentaria de sus hijos y forman parte del Registro de Deudores Alimentarios (REDAM). “La exigencia rige tanto para la oficina central de Registros Públicos, ubicada en Asunción, como así también para todas las oficinas registrales distribuidas en el territorio nacional”, advierte el comunicado de la máxima instancia judicial del Paraguay. Esta medida se enmarca en el cumplimiento de la Acordada N° 1743 de la Corte Suprema de Justicia y la Disposición Técnica Registral N° 02/2024, emitida por la Dirección de Registros Públicos.

Desde la institución aclaran que no se darán curso a las escrituras públicas de compra-venta cuyos otorgantes no cuenten con el “Certificado REDAM”, vigente al momento de la formalización del acto. Por su parte, quienes figuran en el REDAM ya no podrán registrar compra-venta de terrenos, vehículos y otro tipo de propiedades, hasta tanto no cumplan con las exigencias impuestas en la ley. Actualmente se restringe la expedición y el otorgamiento de registros de conducir a los deudores alimentarios en las distintas municipalidades del país.

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