
El Instituto de Previsión Social (IPS) ha informado a sus asegurados sobre la jubilación proporcional. Esta opción permite a los trabajadores acceder a una pensión aunque no hayan alcanzado el tiempo completo de cotización requerido para la jubilación ordinaria, brindando una alternativa viable para aquellos que no lograron cumplir con los requisitos tradicionales.
Según la Ley 4290/11, todos los asegurados que hayan cumplido 65 años de edad y cuenten con un mínimo de 15 años de aporte al IPS, tendrán derecho a la jubilación proporcional. Esta modalidad es especialmente relevante para aquellos trabajadores que, por diversas razones, no pudieron completar los años de cotización necesarios para la jubilación ordinaria.
El monto de la jubilación proporcional se calcula de manera equitativa en función del tiempo de aporte del asegurado. Específicamente, el porcentaje de la pensión será proporcional al número de años de cotización. Además, por cada año de aporte que exceda los 15 años mínimos requeridos, el beneficio de jubilación aumenta en un 4%.
Para acceder a la jubilación proporcional, los asegurados deben presentar la siguiente documentación: Cédula de identidad vigente, PIN de acceso a MI IPS y Datos patronales (año de entrada y salida en cada patronal).