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Fiscalía imputa con beneficios a cinco vándalos tras desalojo violento en Belén

Parte del procedimiento policial que derivó en las detenciones.

Cinco personas resultaron imputadas luego del violento desalojo de tres viviendas del asentamiento Belén, frustrado por pobladores del sector que resistieron al procedimiento policial. Hubo enfrentamiento entre afectados y la fuerza pública se debió duplicar para los desalojos. Una mujer perdió la vida luego de supuestamente ver que uno de sus hijos sufrió impactos de balines de goma disparados por los uniformados.

El fiscal Alcides Giménez dispuso el inicio del procedimiento penal contra los cinco primeros sujetos identificados y detenidos al cabo del procedimiento policial, identificados como Derlis Gabriel Maldonado Cabral (27); Marcial Paredes Martínez (22); Líder Melgarejo Ramírez (23); Marcos Florencio Estigarribia González (29) y Guillermo Eduardo Benítez Caballero (34), todos residentes en el barrio La Blanca y el asentamiento Belén de Ciudad del Este.

Los cinco habían sido detenidos al concluir la intervención policial y fueron llevados al calabozo de la Dirección de Policía. Se les atribuye la autoría de varios hechos punibles, acorde las constancias de la incipiente investigación abierta en la unidad fiscal de turno.

REACCIÓN CON BENEFICIOS

Analizadas las constancias presentadas por la fuerza pública, el fiscal Giménez abrió carpeta con carátula de hechos tipificados como resistencia y daños a obras construidas o medios técnicos de trabajos, que resultan ser delitos. Están sindicados de explotar petardos, seguidos de actos violentos donde procedieron a arrojar todo tipo de objetos contundentes, que lesionaron a varios agentes policiales, quienes fueron atendidos en la clínica ASOPAP.

Los daños igualmente alcanzaron varias partes del carro hidrante “H7”, de la marca IVECO, color negro, placa EAJ651, propiedad del Ministerio del Interior. Los cinco fueron llamados a declarar en indagatoria, pero se abstuvieron de hacerlo. Ante la situación negativa de colaborar con las investigaciones, el fiscal tipificó la conducta desplegada por los indiciados, dentro de las previsiones de los artículos 296 y 159 del Código Penal, en concordancia con el 29 de la misma norma. Giménez pidió solamente cuatro meses para la presentación de su requerimiento conclusivo. Pidió al juez penal de garantías que suspenda la ejecución de la prisión preventiva.

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