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Hungría prohíbe la marcha del Orgullo y autoriza uso de reconocimiento facial

Medida está basada en una ley vigente del 2015.

El Parlamento húngaro aprobó una ley que prohíbe la marcha del Orgullo LGBTQ+, con 136 votos a favor y 27 abstenciones. La propuesta, presentada el lunes por la mañana, fue sometida a un procedimiento excepcional y quedó aprobada en la sesión del martes. La nueva normativa también permite el uso de programas de reconocimiento facial por parte de la Policía para identificar a los participantes.

Esta medida se basa en una ley de 2015, originalmente justificada por el gobierno del partido Fidesz como una herramienta para la cooperación penal internacional y la lucha contra el terrorismo. Sin embargo, dicha legislación también contemplaba su uso en la vigilancia de manifestaciones.

El argumento oficial para la prohibición del Orgullo es la protección de la infancia, ya que la enmienda modifica la ley de reunión con base en la legislación que restringe la difusión de contenidos sobre identidad de género, reasignación de género y homosexualidad a menores de 18 años.

SANCIONES PARA ORGANIZADORES Y PARTICIPANTES

La ley establece que tanto los organizadores como quienes asistan a reuniones prohibidas serán sancionados con multas que oscilan entre 16 y 500 euros. Además, se especifica que estas multas no podrán ser conmutadas por trabajos comunitarios o penas de prisión, y lo recaudado será destinado a programas de protección infantil.

El uso de reconocimiento facial en este contexto genera controversia, ya que la legislación de la Unión Europea sobre inteligencia artificial prohíbe esta tecnología, salvo en casos de amenazas terroristas.

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