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JEM no debe limitarse a sanciones contra juezas que violaron derechos de un niño

Guillermina Ramírez de Giubbi, juez.

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados anunció sanciones a la magistrada que actuó en perjuicio de un menor de 9 años. De igual manera se deberá actuar con  total rigurosidad en contra de la ujier que encabezó la supuesta restitución del niño, Fátima Cataldo, que se extralimitó en sus funciones.

La juez de la niñez y la adolescencia Guillermina Ramírez de Giubbi dispuso la semana pasada que un niño de 9 años sea restituido a su madre, sin que exista un relacionamiento de afecto entre las partes. De esa manera la magistrada pisoteó varios preceptos de la Ley 1680 de la Niñez y la Adolescencia.

Ramírez de Giubbi siempre fue objeto de críticas por parte de los profesionales del derecho de la región. El procedimiento que propició la semana pasada muestra que no tiene en cuenta el interés superior del niño. El menor vivía con sus abuelos paternos desde los primeros meses de vida y por ende la magistrada debía iniciar primeramente un juicio de régimen de convivencia, para que el niño se adapte a su madre, quien supuestamente lo maltrataba físicamente las veces que compartía con ella.

El menor de edad lloró y pidió socorro cuando la ujier Fátima Cataldo dispuso que sea entregado a su madre utilizando la fuerza física y amenazas. Esto ocurrió el pasado 7 de junio en el barrio Don Bosco de Ciudad del Este. En la ocasión no se tuvo en cuenta la contención sicológica al niño, quien fue sacado a la fuerza de la casa de sus abuelos.

Lo ocurrido fue viralizado y divulgado a través de la prensa y vecinos del lugar, pero sin revelar la identidad del menor y de cualquier familiar. Sin embargo, la juez del mismo fuero Gladys Alicia Villamayor de Godoy, censuró a los medios de comunicación mediante un oficio.

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