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Municipios ya no expedirán registros a quienes adeudan pensión alimentaria

Desde ayer rige en el país la Ley N° 5415/15 que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), cuya información pasa a conectarse directamente a todos los municipios del país. A partir de este jueves 11 de abril, toda la información del REDAM está conectada a la base de datos de las municipalidades, lo que implica que aquellos que figuren como morosos no podrán regularizar sus licencias de conducir hasta tanto cumplan con sus obligaciones.

Según la normativa, aquellas madres y padres que figuran en el banco de datos del REDAM, no podrán acceder a la provisión del registro de conducir otorgados por los municipios. ”Deudor alimentario moroso” es la persona responsable del cumplimiento de una obligación alimentaria derivada de una sentencia firme o convenio judicialmente homologado, que incurriera en mora en el pago de tres o más cuotas sucesivas o alternadas, expresa la normativa.

En cumplimiento de la Ley N° 6506/2020, que amplía y modifica la Ley N° 5415/2015 por la cual se crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, en el 2020, la Corte Suprema de Justicia, habilitó la plataforma web del REDAM. En ese sentido, la máxima instancia judicial ejecuta la normativa que establece que “el certificado será expedido y proveído a las entidades que lo solicitan a través de un sitio de internet en forma gratuita”, según el reglamento.

El REDAM es una herramienta que busca la efectividad del derecho alimentario impulsando el pago en tiempo y forma de la cuota alimentaria establecida por Sentencia Judicial. Con la vigencia de la modificación de esta normativa, las personas que desean obtener o renovar sus respectivas licencias de conducir no podrán obtener dicho documento hasta tanto se ponga al día con el pago de la pensión.

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