
Tras promulgación del nuevo salario mínimo que estará vigente desde el 1 de julio próximo, desde el vice ministerio de Trabajo recordaron que la naturaleza del reajuste también se aplica a las distintas actividades económicas y que cuentan con un salario mínimo diferenciado, según el área.
El representante de la cartera de estado, César Segovia enfatizó que «esto no es una suba generalizada del salario, solo es para el salario mínimo», subrayando que existen sectores como la construcción, el sector bancario, y el ganadero, entre otros, que tienen salarios diferenciados.
Esta aclaración surge en el contexto de un decreto que permite al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social promulgar incrementos específicos antes del 30 de junio.
El nuevo salario mínimo, según lo estipulado, pasará de G. 2.680.373 a G. 2.798.309, con un ajuste del 4,4 % conforme al Art. 255 y 256 del Código Laboral, basado en la inflación acumulada hasta mayo de 2024, según el índice de precios del consumidor del Banco Central del Paraguay. Además, el jornal diario se incrementará a G. 107.627.
En cuanto al sector público, Segovia indicó que se espera que el ajuste se refleje a partir de enero de 2025, cuando el Poder Ejecutivo suele equiparar los niveles salariales más bajos al nuevo salario mínimo, dependiendo del presupuesto del próximo año fiscal.
Respecto a los jubilados, el viceministro mencionó que cualquier aumento adicional dependerá de cada caja correspondiente, destacando así la diversidad de repercusiones que tiene el ajuste del salario mínimo en distintos sectores de la economía paraguaya.