Fecha Actual

Rechazan otra vez amparo de firma que quería evitar controles ruteros

Resolución judicial por la cual nuevamente es rechazado en primera instancia el polémico amparo presentado por la transportadora Alto Logistic S.A.

La juez Laura Olazar Rivas, del Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral del Tercer Turno de CDE, decidió rechazar el polémico amparo constitucional pretendido en agosto de 2023 por la transportadora Alto Logistic S.A. El pedido fue para que la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios y la Policía Nacional ya no controlen en ruta a sus camiones transportadores de mercaderías. El insólito amparo, que habría sentado un nefasto antecedente, ya había sido rechazado en primera instancia por otra juez. Sin embargo, de manera increíble y presuntamente a cambio de “propinas”, la Cámara de Apelaciones había revocado la decisión y pasó el caso al juzgado de Olazar Rivas, donde nuevamente fue rechazado por improcedente.

La empresa que solicitó el insólito amparo constitucional es representada por el abogado Luis Zárate. El mismo había iniciado el pleito ante el Juzgado en lo Laboral de la juez Nélida Alvarenga, en cuyo marco pidió que las mercaderías transportadas por la empresa circulen libremente por las rutas del país sin ser “molestados” por funcionarios aduaneros o agentes policiales, según se lee en el punto 7 del petitorio.

Sin embargo, ante lo absurdo del pedido, la magistrada solicitó una aclaratoria, por lo cual se “reformuló” el pedido, en contra de personas innominadas. Sin embargo, posteriormente se señala que es contra “piratas del asfalto”, citando a un grupo de personas, algunas incluso privadas de su libertad, que formarían parte de bandas de piratas del asfalto. Se trata de Antonio Rodas Portillo, de Itakyry; Arnaldo Brítez, alias “Polaco”, del Km. 9 Acaray de CDE; Eugenio Melgarejo Encina, alias “Pini”, de Caaguazú; Ever Manuel Chaparro Leiva, de Luque; Freddy Armando Alderete León, del barrio Remansito de CDE, personal policial en actividad; y Juan Carlos Zeballos Bogarín, alias “Tío Rico”; contra quienes finalmente fue presentado el amparo, rechazado in limine por la juez Nélida Alvarenga en fecha 27 de octubre, por no ajustarse a las normas del Derecho.

Sugestivamente la Cámara de Apelaciones había revocado el fallo de primera instancia y decidió que pase a otro juzgado, en donde finalmente volvió a ser rechazado.

No obstante, el abogado Zárate recusó a la magistrada y llevó el caso a segunda instancia, recalando en la Cámara de Apelaciones en lo Laboral, conformado por las polémicas magistradas Bertha Avalos, Alba Centurión de García de Zúñiga e Ybete Welter de Troes, de múltiples cuestionamientos en su gestión.

El 21 de noviembre dicho tribunal promulga el A.I. Nº394, por el cual anula el A.I. del 27 de octubre, firmado por la jueza Nélida Alvarenga y dispone que el caso pase al siguiente juzgado en lo Laboral. Fuentes fidedignas aseguraban que la decisión se había dado luego de una “negociación” entre las partes, algo que sería bastante usual en este tribunal de Alzada. Sin embargo, finalmente la jueza en lo laboral del tercer turno, Laura Olazar Rivas, ahora tuvo la acertada decisión de nuevamente rechazar el amparo promovido por improcedente.

La intención de lograr el no control de las instituciones fue muy cuestionada en diferentes sectores. El titular de la DNIT, Óscar Orué, había declarado que “dejaría un precedente nefasto” la admisión de un amparo de esta naturaleza, porque daría vía libre para que una empresa de logística cuente con una medida judicial para no ser abordada en sus viajes de transporte de cargas, algo insólito y peligroso.

La empresa Alto Logistic pretendía evitar controles en rutas a cualquier costo.

Tampoco tendría mucho sentido un amparo judicial contra delincuentes, como piratas del asfalto, ya que éstos no acostumbran consultar a sus víctimas si existe algún “impedimento jurídico” para asaltarlos o no. En consecuencia, este amparo desde un principio constituyó una verdadera tomadura de pelos que debió ser rechazado in limine, como bien lo hizo la juez Alvarenga en primera instancia, pero comprueba las sospechas que en la Cámara de Apelaciones aprueban cualquier petición, por más descabellada que sea, cuando hay algún “incentivo” económico, según aseguraron abogados del fuero local.

EMPRESA YA TIENE ANTECEDENTES

Probablemente la empresa transportadora Alto Logistic tenga sobrados motivos para no querer ser controlada en ruta. Recordemos que en la noche del sábado 13 de noviembre de 2021, un camión de dicha trasportadora repleto de aparatos celulares que ingresaron en frio por el aeropuerto Silvio Pettirossi, con destino a Ciudad del Este, fue retenido en el puesto de control de la COIA en el Km. 60 de la PY 02, distrito de Yguazú. Toda la carga no tenía despacho. Según se había publicado en diversos medios, los funcionarios aduaneros quitaron mercaderías por 50 mil dólares y dejaron pasar el resto. Sin embargo, fueron descubiertos y llamados a Asunción, pero el caso no fue informado oficialmente debido a que la carga era 100% de contrabando.

Compartir:

Artículos Relacionados

Scroll al inicio