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Solo 14 balnearios y locales de recreación están habilitados en todo el Alto Paraná

Gran cantidad de personas buscan aplacar el calor llegando a locales que en su mayoría no cuentan con el permiso pertinente.

Con las altas temperaturas típicas de esta estación del año, los ciudadanos buscan lugares recreativos para refrescarse y aplacar el intenso calor que se registra en país en las últimas semanas. Muchas veces, en esa búsqueda, familias enteras terminan contagiadas con algún tipo de dolencia, debido a la mala calidad del agua y la falta de sistemas de eliminación de residuos y desechos cloacales. Actualmente en el departamento del Alto Paraná se cuenta con apenas 14 locales debidamente habilitados para el efecto, no obstante, existen cientos de lugares que operan de manera clandestina y sin  cumplir con las condiciones mínimas.

El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible actualiza permanentemente la lista de los balnearios y centros recreativos que cumplen con los requisitos sanitarios de impacto ambiental, exigencia primordial para que las municipalidades emitan las habilitaciones correspondientes.

La lista más nueva que se encuentra en vigencia es la emitida en diciembre del año pasado, en la que aparecen varios clubes recreativos, balnearios, playas y otros sitios destinados a la recreación de chicos y grandes. A nivel nacional, el listado está compuesto por unos 78 lugares comprendidos por playas, parques acuáticos, balnearios y clubes, que fueron habilitados por los municipios pertinentes, tras el informe del Mades. Sólo 14 de ellos pertenecen al Alto Paraná, aunque esa cantidad no refleja ni un tercio de los locales que pululan en la zona, especialmente en CDE, sin ningún tipo de control.

La dirección de Protección y Conservación de los Recursos Hídricos de la mencionada cartera de Estado, indica que los locales deben cumplir con ciertos criterios para su habilitación, como los servicios de agua potable, caminos internos seguros y mecanismos de gestión de residuos ajustados a las normas pre establecidas.

Otros de los requisitos y disposiciones que deben cumplir los establecimientos para contar con la autorización del Ministerio del Ambiente y la posterior habilitación de las municipalidades, es la exigencia de un buen sistema de tratamiento para los vertidos de agua de ducha y de aguas residuales, además de la regulación de la polución sonora. La seguridad en las playas y recintos de recreación es fundamental, por lo que todo establecimiento debe contar con su botiquín de primeros auxilios y con personal de seguridad calificado para el efecto.

Los locales como balnearios o parques acuáticos que cuenten con piletas, arroyos, ríos y lagos, deben acondicionar todos los sectores, priorizando y garantizando la seguridad e higiene de sus usuarios, de modo a que las municipalidades puedan otorgar la habilitación y finalmente ponerlos en funcionamiento.

Otras de las exigencias más importantes es el control periódico de la calidad de agua, ya que la situación puede variar hora tras hora, por la alta concurrencia de bañistas, la falta de higiene y la producción de basuras, que en muchos casos terminan en los cauces hídricos.

En el caso de los establecimientos, cuyas aguas son de río, arroyos o lagos, se tiene en cuenta el estado del curso hídrico a través del análisis de agua, sin arrojar la presencia de coliformes, de fósforo, de nitrógeno, de cianobacterias.

 

 

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